DEFENSA DEL TRABAJADOR

Nuestros abogados, egresados de la Universidad de Chile, cuentan con una vasta experiencia en juicios laborales y tienen un fuerte compromiso con la defensa de los trabajadores, a un costo al que todos pueden acceder.

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Nuestros Servicios Destacados

Juicios por despido injustificado

Todo despido debe estar fundado en una causa que la ley autorice. Si te despidieron, nuestros abogados pueden evaluar, sin costo para ti, si el despido se ajusta a la ley. Si el despido no está correctamente justificado por el empleador, puedes demandar para ser indemnizado.

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Autodespido

Es el derecho del trabajador a poner término al contrato cuando el empleador incumple la ley o lo convenido en el contrato de trabajo, pudiendo demandar su derecho a ser indemnizado por los años de servicio. Consúltanos, gratuitamente.

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Accidentes y enfermedades profesionales

Si sufres un accidente en el trabajo o contraes una enfermedad profesional, además de cobrar los seguros de la Ley tienes la posibilidad de demandar a tu empleador por el sufrimiento que significa el accidente o enfermedad y las consecuencias negativas que en tu vida personal estos eventos significan Los abogados de Despido Justo evaluarán tu caso para que sepas cuáles son tus posibilidades así como los pasos a seguir.

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Nuestro Estudio

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✓ ESPECIALISTAS A TU SERVICIO. Sabemos lo que significa un juicio laboral; nos especializamos en guiarte a través de este proceso para obtener la mayor ganancia con el menor costo personal en tiempo y recursos.

✓ PAGA SOLO SI GANAS. Despido Justo sólo te cobrará un porcentaje de lo que logres ganar en el juicio; si pierdes el juicio, no pagas.

✓ VALORAMOS TU TIEMPO. Nuestro compromiso es obtener la mayor ganancia en el menor tiempo posible. ¡No más retrasos injustificados en sus asesorías legales!

Juicios por Despido Injustificado

Todo despido debe estar fundado en una causa que la ley autorice. Si te despidieron, nuestros abogados pueden evaluar, sin costo para ti, si el despido se ajusta a la ley. Si el despido no está correctamente justificado por el empleador, puedes demandar para ser indemnizado.

Lo primero que debes hacer es un consultar con un abogado para que evalúe si el despido ha sido efectuado conforme a la ley. En caso que el despido no esté correctamente justificado, te indicará qué derechos tienes y los pasos necesarios en caso que decidas demandar. Si tienes dudas y necesitas que te asesoremos consulta gratis, has click aquí.

Existe despido injustificado cuando:
+ El despido es solo verbal, es decir, no recibes una carta de despido que cumpla las formalidades legales.
+ El empleador no invoca ninguna causal de despido.
+ El empleador invoca una causal, pero dicha causal no está suficientemente justificada por los hechos en que está basado. Por ejemplo, el empleador invoca la causal de necesidades de la empresa, pero en verdad está simplemente reemplazando un trabajador por otra persona. Otro ejemplo podría ser que te despidan por ausencias injustificadas, pero una o más de las ausencias mencionadas en la carta sí fueron justificadas. En fin, cada vez que se invoca una causal de despido debe evaluarse si los hechos en que se funda esa causal son reales y suficientes para la aplicación de la causal

Cuando el despido es declarado injustificado por un Tribunal, éste condenará a la empresa a pagar un recargo sobre la indemnización por años de servicio. Este recargo puede ser de un 30% a un 100%, dependiendo de la causal de despido.

Ejemplo 1: Supongamos que ganas $600.000 brutos mensuales, has trabajado 5 años en una empresa y eres despedido por la causal de necesidades de la empresa. En ese caso, tienes derecho a una indemnización por años de servicio de $3.000.000. Si se declara injustificado el despido, la empresa será condenada a pagar un 30% de recargo, es decir, $900.000 adicionales. Además de este recargo, puedes demandar que se te devuelva el aporte empleador a la AFC, en caso que dicho aporte haya sido descontado de tu finiquito.

Ejemplo 2: Supongamos que ganas $1.000.000 brutos mensuales, has trabajado 8 años en una empresa y eres despedido por ausencias injustificadas. En ese caso, tienes derecho a una indemnización por años de servicio de $8.000.000. Si se declara injustificado el despido, la empresa será condenada a pagar un 80% de recargo, es decir, $6.400.000 adicionales.

En Despido Justo cobramos un porcentaje de lo que ganas en el juicio, por lo tanto, solo pagas cuando ganas. El porcentaje a cobrar dependerá del tipo de juicio, de los montos involucrados y la dificultad del caso. Puedes consultar gratuitamente por una evaluación de tu caso y cotización del juicio. En cuanto a la duración de un juicio, ésta dependerá si se logra un acuerdo durante el desarrollo del juicio o si este se prolonga hasta una sentencia.

Tienes derecho a cobrar tu finiquito primero y demandar a continuación. Es muy importante que al firmar el finiquito escribas en él una reserva de derechos, para que puedas demandar posteriormente; si no haces esta reserva no podrás demandar. Consulta a nuestros asesores para saber que debes escribir al hacer la reserva de derechos en el finiquito.

Sí, puedes demandar aunque tu contrato no haya sido puesto por escrito. Escriturar el contrato de trabajo es una obligación del empleador y en ningún caso significa pérdida de derechos del trabajador.

Sí. Si tienes un contrato de honorarios puedes demandar siempre que estén presentes los elementos de la relación laboral:
+ Prestación de servicios personales y continuos (no esporádicos).
+ Una remuneración por dicha prestación.
+ Que exista una situación de dependencia y subordinación (tener jefaturas). En este caso debes demandar para que un tribunal declare la existencia de la relación laboral. Si tienes dudas, consúltanos y evaluaremos si es posible o no demandar la existencia de la relación laboral en tu caso. QUIERO SABER MÁS

Este despido es particularmente grave y da derecho a interponer una demanda de tutela laboral. La tutela laboral implica que además de lo que habitualmente demandas por concepto de despido injustificado, puedes demandar una indemnización adicional que fluctúa entre 6 y 11 remuneraciones. Lo mismo ocurre cuando el despido está motivado por una demanda contra tu empleador. Conoce más sobre la tutela laboral acá.

Nulidad del Despido

La nulidad del despido, también conocida como la Ley Bustos, es una sanción que impone la ley al empleador que despide sin que el trabajador tenga todas sus cotizaciones al día. Esta sanción consiste en que, además de las indemnizaciones por el término del contrato de trabajo, la empresa deberá seguir pagando las remuneraciones del trabajador hasta el día en que pague las cotizaciones atrasadas.

Cuando la empresa despide a un trabajador, tiene la obligación de entregarle un certificado que de cuenta del pago de todas las cotizaciones correspondientes a todo el período trabajado.

Puedes iniciar un juicio laboral para que se declare la nulidad del despido. Esto significa que el juez condenará a la empresa a pagar todas las remuneraciones desde el día del despido hasta el día en que se pague completamente la deuda de cotizaciones. Contáctanos para evaluar tu caso

Sí, puedes demandar conjuntamente despido injustificado y nulidad del despido así como cualquier otra prestación que se te adeude (vacaciones pendientes, horas extras, bonos y otras remuneraciones).

Tutela Laboral

Es un procedimiento que se aplica cuando hay una vulneración de los derechos fundamentales de los trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución.

  1. Derecho a la vida, a la integridad física y psíquica de las personas.
  2. Derecho al respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia.
  3. Derecho a la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada.
  4. Derecho a la libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público.
  5. Derecho a la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquiera de las formas y por cualquier medio.
  6. Derecho a la libre elección del trabajo y de contratación laboral.
  7. Derecho a la no discriminación.

El trabajador afectado puede interponer una demanda de tutela laboral dentro del plazo de 60 días contados desde la separación. En estos casos el juez puede ordenar el pago de las indemnizaciones legales con recargo y, adicionalmente, condenar a una indemnización por una cantidad entre seis y once remuneraciones.

Autodespido

¿Qué es el autodespido?
Es el derecho del trabajador a poner término al contrato cuando el empleador incumple la ley o lo convenido en el contrato de trabajo, pudiendo demandar su derecho a ser indemnizado por los años de servicio. Muchos trabajadores deciden renunciar a su trabajo cuando el empleador no cumple sus obligaciones, sin embargo, la renuncia no da derecho a demandar indemnizaciones por años de servicios u otras. En cambio, el autodespido sí otorga tales derechos.

Si tu empleador no cumple con el contrato de trabajo, te recomendamos que nos contactes para asesorarte. Debes cumplir con ciertas formalidades, por lo que es esencial la asistencia de un abogado que te asegure que lo hagas bien y no pierdas la oportunidad de reclamar tus derechos debido a un error.

El autodespido requiere que el trabajador redacte una carta dirigida al empleador, en la que debe indicar la causal legal para poner término al contrato y expresar los motivos de hecho que sustentan la causal invocada. Debe enviarse por carta certificada al empleador y remitirse copia de la misma a la Inspección del Trabajo

En general, los incumplimientos graves del contrato o de la legislación laboral, dan derecho al trabajador a poner término al contrato. Entre los casos más comunes se encuentran, el no pago oportuno de remuneraciones, cambios unilaterales en las condiciones del contrato, no pago oportuno de cotizaciones, conductas de acoso, amenazas a la vida o salud del trabajador, entre otras.

Accidentes y Enfermedades Profesionales

Accidentes del trabajo es toda lesión que sufra un trabajador/a a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. Elementos:

  • Una lesión: Es decir, un daño o pérdida ocasionado por alguna herida o golpe, que puede referirse tanto al cuerpo físico del trabajador, como a sus facultades intelectuales o sensitivas, a su salud mental, etc.
  • La relación de causalidad entre el trabajo y la lesión.
  • La incapacidad o muerte del accidentado.

Enfermedad profesional es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o del trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

Es un seguro social que protege a todos los trabajadores dependientes y a los independientes que cotizan, frente a los accidentes que les ocurran a causa o con ocasión del trabajo y a las enfermedades causadas de manera directa por el ejercicio de su trabajo. Éste se encuentra contenido en la Ley 16.744 y sus reglamentos.

Sí, puedes demandar a la empresa por todo daño sufrido por la enfermedad profesional o el accidente laboral incluido el daño moral. Daño moral se refiere a todo sufrimiento físico y/o emocional ocasionado por la enfermedad o accidente, incluyendo las repercusiones de las lesiones o enfermedad en la vida personal, familiar y social del trabajador. En caso de muerte del trabajador pueden demandar sus familiares. Evaluamos gratuitamente tu caso, contáctanos aquí

Sí, aun cuando hayas recibido el pago del seguro puedes demandar a la empresa por el daño personal que te ha ocasionado la enfermedad profesional o el accidente laboral, incluyendo el daño moral.

Derechos del trabajador con Contrato a Honorarios

Los trabajadores contratados a honorarios, en principio, no se rigen por el Código del Trabajo. Sin embargo, en ocasiones al trabajador le ha sido impuesta la modalidad del contrato a honorarios sólo para evadir el cumplimiento las leyes del trabajo, en cuyo caso se puede demandar ante los Tribunales del Trabajo para que se declare la existencia de la relación laboral y el pago de todos los derechos laborales, tales como pago de cotizaciones, vacaciones, indemnizaciones por despido, etc.

Puedes demandar cuando están presentes los elementos de la relación laboral: Una prestación de servicios continuos (no esporádicos) para un empleador; una remuneración por dicha prestación, y que exista una situación de dependencia y subordinación, es decir, jefes o supervisores que controlan el modo en que realizas tu trabajo. Si están presente estas características se presume la existencia de un contrato de trabajo aunque hayas estado emitiendo boletas de honorarios o no se haya escriturado tu contrato de trabajo.

Si el juez constata que la empresa debía hacerte un contrato de trabajo, debe condenar a la empresa a pagar todas las obligaciones laborales desde el inicio de la relación laboral. Por lo tanto, la empresa deberá pagar todas cotizaciones atrasadas, la indemnización por años de servicio, un recargo del 50% sobre los años de servicio, vacaciones, además de todas las remuneraciones entre la fecha del autodespido y la fecha en que el empleador pague todas sus cotizaciones atrasadas (ver nulidad del despido)

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